En español tenemos el verbo alquilar, definido así:
De alquilé.
- tr. Dar a alguien algo, especialmente una finca urbana, un animal o un mueble, para que use de ello por el tiempo que se determine y mediante el pago de la cantidad convenida.
- tr. Tomar de alguien algo para usarlo por el tiempo y precio convenidos.
Es decir, se usa el mismo verbo tanto desde el punto de vista del arrendador como del arrendatario. Algo completamente diferente a cuando un objeto se compra o se vende, que el verbo cambia según el punto de vista de cada uno de los intervinientes en la transacción.
Esto no es algo reciente, ya que en el Diccionario de autoridades tenemos:
ALQUILAR. v.a. Dar ò tomar en alquilèr alguna cosa, para servirse de ella por cierto précio y tiempo [...]. Usase de este verbo indiferentemente, assi para el dueño que dá en arrendamiento, ò alquilèr, como para el que toma y arrienda el uso y servicio de la cosa. Viene del Arábigo Quereye, que vale lo mismo.
¿Por qué esto es así? ¿Por qué usamos el mismo verbo y no dos diferentes como en comprar/vender? Pasa incluso con otros verbos sinónimos:
De renda 'renta'.
- tr. Ceder o adquirir por precio el goce o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios.
¿No existe o ha existido alguna pareja de verbos para distinguir la acción según el punto de vista del arrendador o arrendatario?