Partiendo de la definición de la palabra, tenemos:
De fidalgo, y este del ant. fijo dalgo; literalmente 'hijo de algo'.
- m. y f. Persona que por linaje pertenecía al estamento inferior de la nobleza.
- adj. Perteneciente o relativo a un hidalgo. Familia hidalga.
- adj. De ánimo generoso y noble. Actitud hidalga.
Siempre me he preguntado qué era ese "algo". Curiosamente, en la RAE aparece esta definición:
Del lat. alĭquod.
- m. desus. Hacienda, caudal. Era u. t. en pl. con el mismo significado que en sing. El magnífico debe ser muy sabio porque sepa cómo ha de partir sus algos.
Ya en 1611, Covarrubias explicaba en su obra que:
"E porque estos fueron escogidos de buenos lugares e con algo [...] por esso los llamaron fijos de algo, que muestra tanto como fijos de bien."
Es decir, vuelve a equiparar tener "algo" con tener bienes. Esta frase aparece también en el Diccionario de Autoridades (tomo I, 1726), aclarando además que:
Vale lo própio que substáncia, bienes, hacienda, caudal.
Luego, ¿un "hijo de algo" era simplemente alguien que provenía de una familia con bienes (algo)? ¿Todo se reducía a un título que se podía comprar con dinero? ¿Podía ese "algo" ser otra cosa aparte de los bienes o la hacienda?