Es que no hay una sola forma diminutiva, ni tampoco hay reglas precisamente estrictas para su formación.
Según la Nueva Gramática:
1.6b Las restricciones léxicas relativas a la posibilidad de formar diminutivos con sustantivos son escasas, sobre todo si el diminutivo designa un objeto material. Los diccionarios no recogen estas voces, ya que se pueden obtener mediante procedimientos combinatorios regulares. […]
Por eso, si encuentras alguna palabra en forma de diminutivo en el diccionario, es porque también ha adquirido un significado diferente del que sería simplemente «base pequeño/a».
Hay muchos diminutivos que se pueden emplear según §§ 9.1b, j-l de la Nueva Gramática que darían, en el caso de lista las siguientes formas (teniendo en cuenta también que, siendo palabra bisilábica —véase §§ 9.5c-d de la Nueva Gramática—, hay tendencia en algunas zonas de usar el infijo -ec/ez-): listita, listilla, listuela, listica, listiquia, listitica, listuca, listina, listiña, listeta, listeja, listinga, listecita, listecilla, listezuela, listecica, listeciquia, listecitica, listezuca, listecina, listeciña, listeceta, listeceja, listecinga.
Todas son formas perfectamente posibles y válidas, aunque algunas quizás disfrutarían de poquísimo uso, y algunas pueden ser favorecidas por uno u otro significado de la palabra.