No se usa siempre, solo en oraciones hipotéticas (o condicionales irreales o potenciales, según terminología).
En general, si la acción expresada dentro de la cláusula sí se considera una verdadera posibilidad, va marcada en el tiempo esperado y en el indicativo. El español antiguo podía usar otros tiempos para condiciones futuras como lo hace hoy en día el portugués, pero este uso no ha sobrevivido en el presente, así que se usa siempre el indicativo si queda una posibilidad de veracidad:
- Si me acompañarás (pero no sé nada de tus planes), viajaré a China.
- Si tengo tiempo (y puede que lo tenga), iré a la tienda (en el caso de tenerlo, pero aún no tengo claro si lo tendré o no).
- Si hablo con mi madre por la mañana (a veces ocurre, a veces no), no la llamo por la noche (dependerá de lo que he hecho por la mañana).
- Si tenían dinero, salían de copas (aquí, nos referimos a algo habitual: a veces el dinero estaba, a veces no, y entonces a veces salían, a veces no).
- Si lo rompió mi hijo (y no lo sé), te compraré otro.
Pero cuando la acción en la cláusula sí denota algo definitivamente irreal, sin ocurrir ni posibilidad de ocurrir, los tiempos utilizados se suelen retroceder. Es decir, se usa el imperfecto para referirse al presente, y el pluscuamperfecto para referirse al pretérito (perfecto e imperfecto), aunque no es imposible encontrar el imperfecto para referirse a acciones pretéritas. Lo mismo ocurre, curiosamente, en el inglés. Ya que se trata de algo que no ha acaecido, se usa el subjuntivo:
- Si hubieran/hubiesen tenido dinero (pero no lo tenían), habrían salido de copas (así que no salieron).
- Si tuviera tiempo (pero no lo tengo), iría a la tienda (así que no iré).